El fundamental derecho humano: La Vida

En una cultura permeada por el inmediatismo, el relativismo y el hedonismo, el sufrimiento es un estado del ser humano que debe evitarse a toda costa. No se hace apologética al sufrimiento pues la fe cristiana no llama al masoquismo; pero es necesario entender que el sufrimiento hace parte de la vida y, si se sabe llevar, éste siempre abrirá nuevos caminos para ver la vida, lo que rodea a la persona humana. Es uno de los principales choques de la cultura actual con la fe, el mundo le dice al ser humano que debe tenerlo todo, quererlo todo y además de la manera más fácil.

Las realidades de la vida son diferentes, el desarrollo de las virtudes cardinales como la justicia, la templanza, la prudencia y la fortaleza se logra a través de la práctica de hábitos positivos que vayan formando a la persona hacia una vida virtuosa. El mundo hoy rechaza en su esencia las cuatro y el hombre se esclaviza a las tendencias que lo conducen erráticamente como la hoja seca que cae del árbol pero es llevada por el viento a su deseo. La persona dejó de ser el centro de las decisiones fundamentales de políticas públicas en lo sanitario, lo educativo y el desarrollo social.

La persona humana por lo tanto pierde valor y el valor de la vida humana se vuelve un concepto relativo, obnubilado por el desarrollo de “nuevos” derechos humanos que surgen de “deseos” humanos más que de la necesidad de proteger al ser humano, razón por la que surgieron en un principio los derechos humanos. Por lo tanto, hoy se refieren al falso derecho de la muerte digna.

¿Cuál es la diferencia entre un paciente suicida y un paciente terminal que solicita la eutanasia? Un paciente suicida por diferentes razones válidas como un fracaso matrimonial, laboral, desesperanza, sin ninguna enfermedad psiquiátrica y seguramente “capaz” de tomar esta decisión nos interpela a la acción. Se empatiza con su dolor, se le ofrece ayuda para evitar que lo haga, se han desarrollado herramientas y estrategias mundiales para prevenir el suicidio, un tema que se considera una preocupación de salud pública, y más allá de la penalidad del acto, se busca socorrer a esta persona. ¿Por qué entonces se considera que lo opuesto se debe hacer por un paciente terminal o que solicita la eutanasia?

No se pueden elevar los derechos individuales por encima del bien común. La legalización de la eutanasia deja a una población de pacientes vulnerables en riesgo. Los pacientes terminales al enfrentarse a la muerte hacen un examen de vida, lo que les lleva a momentos emocionalmente difíciles, además de su enfermedad dolorosa. Los pacientes mayores que pueden sentirse como una carga para su familia. Los pacientes psiquiátricos que sufren enfermedades crónicas, incapacitantes, con dolores psíquicos intolerables. ¿A todas estas personas les vamos a ofrecer eutanasia?

Esta última tutela con la que la Corte Constitucional Colombiana “ordena” al Ministerio de Salud posee dos gravísimas circunstancias para la autonomía, la libertad y la dignidad del ser humano. A través de esta sentencia de tutela (T290/14) la Corte establece, que contrario a la legislación mundial, el nivel de “indignidad” lo establece el paciente, y no una medición objetiva del dolor y el sufrimiento que generan las enfermedades terminales y algunas crónica, esto deja la puerta abierta para que cualquiera solicite la eutanasia.Lo grave es que además el médico o la institución de salud están en la obligación de aplicar la eutanasia, tal como sucede con el aborto, atropellando el derecho constitucional a la objeción de conciencia. La segunda circunstancia que atenta gravemente contra la libertad y la vida de la persona humana es que la familia puede sustituir el consentimiento. Es decir, la familia decide subjetivamente también, cuando la persona “necesitaría” la eutanasia.

De esta manera, sumado a la legislación actual del aborto, Colombia entra a las filas de legislación liberal del mundo en contra de la persona humana, junto con Bélgica, Suiza y el estado de Oregon en Estados Unidos donde, valga la aclaración, está legalizado el suicidio asistido. En el caso del suicidio asistido, el médico entrega el medicamento a la persona para que ella decida cuando tomárselas. Otro procedimiento que conlleva varios cuestionamientos éticos pues es un riesgo tener un medicamento que ocasionará la muerte sin un protocolo exacto de cómo y cuándo tomarlas.

En Holanda, donde la eutanasia lleva legalizada un poco más de 10 años existe preocupación porque son muchos los pacientes “eutanizados” que no cumplen los “estrictos” criterios con el que se despenalizó esta práctica. Desde hace un lustro, el porcentaje de adultos mayores, sin enfermedad crónica, que solicitan la eutanasia aumenta. Los pacientes psiquiátricos ocupan hoy el 4% de los pacientes que mueren con la eutanasia y los recién nacidos también entran en este nuevo grupo de pacientes que se someten a la eutanasia.

No se puede olvidar el caso de los dos gemelos que solicitaron la eutanasia en Bélgica por ser sordos y el desarrollo de una posible ceguera como cuadro de una enfermedad genética, o del transexual que luego de varias operaciones, incluida la de cambiar de género, solicitó la eutanasia pues no se sentía a gusto con su nueva apariencia. En un futuro cualquier persona con algún tipo de “sufrimiento intolerable” podría solicitar la eutanasia, pues es lo que “se esperaría de él” en caso de esta ser legalizada como lo vemos en los ejemplos anteriores.

Legalizar la eutanasia es el peor tipo de piedad que se puede ofrecer

Primero, lesiona en todas sus dimensiones la relación médico paciente. Un paciente terminal o con un sufrimiento “insoportable” es un paciente vulnerable, que busca en los ojos de su médico una luz de esperanza, de apoyo, de fortaleza para salir adelante. Una vez legalizada la eutanasia el paciente puede sentirse coercionado a actuar de acuerdo “al mejor interés” de su médico para con él. La relación médico paciente se basa en unas características bioéticas, que desde una aproximación principalista exige la ponderación del principio de autonomía, justicia, no maleficencia y beneficencia.

Un paciente tiene derecho a decidir por sí mismo (principio de autonomía) pero no por encima del principio de beneficencia y de no maleficencia, ejes de la relación médico paciente. Desde una aproximación personalista, la persona humana como eje del ejercicio de la medicina, se considera que toda acción debe ir al beneficio de la integridad total de la persona, dentro del marco bioético de la relación médico paciente. La eutanasia no es un acto médico, por lo tanto no debería ni siquiera considerarse.

Finalmente. La eutanasia es mala medicina. La legalización de la eutanasia impide un adecuado desarrollo de servicios de cuidados paliativos y de los hospicios.

Legalizar la eutanasia expresa una ausencia de analgesia en casos de ser necesario en pacientes terminales. Genera un concepto que es vital para el hombre, creyente o no creyente, que es poder enfrentarse al fin de su vida, con dignidad, acompañado y con la certeza que se ha podido pedir perdón, dar gracias y decir adiós.


Directora Departamento Promoción y Defensa de la Vida, Conferencia Episcopal de Colombia
Artículo publicado originalmente en el Periódico diocesano La Verdad / Foto interrnet.
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